Introducción
En la actualidad el uso de diversas
tecnologías de información ha sobrepasado los
límites antes no vistos, propiciando una
reestructuración en base a su naturaleza. En la
educación las Tecnologías de la Información y la
Comunicación (TIC) desarrollan una intervención
de tal manera que forman parte de las herramientas
que se usan dentro de la cátedra en sí. Las
tecnologías de información como han trascendido
hacia sistemas de mayor complejidad, siendo un
claro ejemplo de ello la inteligencia artificial (IA).
Referente a la inteligencia artificial expone el
autor Meseguer & Mántaras (2017) es la “ciencia
e ingeniería que permite diseñar y programar
ordenadores de forma que realicen tareas que
requieren inteligencia” (p.8). Es por tanto, que la
inteligencia artificial (IA), propicia un amplio
desarrollo en los sistemas de computación en el
contexto de la informática dentro del ámbito de la
educación.
En este orden de ideas, posterior a la
pandemia de COVID-19 en marzo del 2020 en
México, se tiene que la IA está integrada en los
sistemas de educación, incluyéndose en los
modelos educativos de manera implícita y en los
recursos y herramientas que se utilizan.
Considerando la educación a distancia y las
herramientas que se usan para llevar a cabo las
actividades desde correspondientes, pueden ser
susceptibles de generar un intervalo de riesgo, en
donde los datos pueden quedar expuestos. Para
ello, es necesario contar con una adecuada
información del tema, con la finalidad de subsanar
la falta de conocimiento en relación con la
Inteligencia Artificial y su relación directa con la
docencia, enmarcado este vínculo dentro de un
ámbito jurídico y/o legislativo.
Hablando de IA comenta Cáceres (2006) que
es una forma inadecuada de entender un proyecto
de inteligencia artificial consiste en asumir que el
objetivo del programa de cómputo es simular los
mismos procesos que ocurren en la mente humana.
Se infiere que una estructura sistémica no debe
excluir la norma. Refiere el autor Hardy (2001) de
manera transversal, la inteligencia artificial “puede
tener una visión técnica dentro de un campo
tecnológico, a su vez como una consecuencia
remota de lo que el hombre frente a sus
invenciones” (p.22). Se debe de considerar las
afectaciones. Los equipos de cómputo pueden
razonar, aprender, así como ser sistemas
interactivos (Ruiz, 1996). Por esta razón, se habla
de usabilidad, ventajas y desventajas, debe de
considerarse la protección para docentes,
estudiantes y el proceso educativo.
El objetivo de la investigación es analizar el
contexto de las tecnologías basadas en inteligencia
artificial y su impacto ante la falta de una
regulación legislativa en México dentro del ámbito
de la docencia. Este ámbito considera como
operadores específicamente al docente el alumno
y las herramientas de carácter digital y tecnologías
que se usan para el desarrollo de las actividades
educativas. En esta tesitura, se genera la siguiente
cuestión ¿Existe la debida referenciación y/o
información pertinente en relación con las
legislaciones que incluyan la inteligencia artificial
y su uso en los ámbitos de la docencia? Este
contexto esta abordado desde la existencia de
publicaciones de carácter científico localizados
mediante los sistemas de información científica
como son Redalyc, Scielo y la revista Institución
de Investigaciones Jurídicas IIJ.
Metodología
Referente al método, en la investigación se
identificó en primera instancia el objetivo
planteado, determinando el tema y la problemática
definida. Una vez reconocido el tema, se procedió
a precisar las fuentes a consultar para
posteriormente continuar con la investigación
documental. Lo anterior considerando lo que
refiere el autor (Zwerg-Villegas & Ramírez, 2012,
p.100). Las técnicas de investigación documental
se sirven de datos extraídos a partir del análisis,
revisión e interpretación de documentos que
aportan información relevante para la
comprensión del fenómeno.
Así mismo, se identificaron diferentes
temáticas en la información localizada en los
sistemas de información científica, como son
Redalyc, Scielo y la revista Institución de
Investigaciones Jurídicas IIJ. Lo anterior, debido a
lo que comentan los autores Villasís-Keever, et al.
(2016) la población de estudio es un conjunto de
casos, definido, limitado y accesible, que formará
el referente para la elección de la muestra, y que
cumple con una serie de criterios predeterminados
(p.202).