Introducción
Los Derechos Humanos como norma
internacional e interna connotan legalidad
también, orden jurídico en la presente realidad, en
el mundo, así como en el espacio del Estado,
aunque aún están delimitadas las categorías
naturales, culturales y jurídicas, no está
estableciéndose con claridad la soberanía humana.
Por tanto, para comprender los derechos, también
la soberanía humana por encima de la soberanía de
los Estados, hemos aplicado metodologías activas
como parte de la transformación educativa que
requiere de un análisis crítico cuanto reflexivo del
proceso de enseñanza ya que las autoridades tienen
el deber de garantizar los derechos consignados en
favor de los individuos. Por el contrario, pueden
ser objeto de violación de algunos colaboradores o
autoridades de los poderes públicos.
Siendo el Derecho Internacional un Derecho
Contemporáneo junto al Derecho Estatal y sus
reglas abstractas, buscaron sean superadas con
armazón lógico factual y socio – jurídico que
aplica construcción pedagógica jurídica en el
Derecho Internacional y Derecho Estatal para
universalizar libre ejercicio del derecho connatural
del hombre, porque al presente no cumplen en la
normatividad categorizada del orden social global.
Debe reconocerse la soberanía del hombre
emanada de su derecho connatural, como forma
congruente no siendo política, frente a derivados
del complejo sistema jurídico, devenido del
Derecho Internacional y Derecho Nacional que
son expresiones políticas de la soberanía humana
aún no sostenida con plenitud pese a que es una
categoría jurídica, aunque en el ordenamiento
jurídico nacional e internacional falta precisión
normativa porque está delimitada en un orden
jurídico incompleto con cumplimiento político y
no jurídico.
Por ende, la investigación enfoca desarrollo,
así como aplicación de metodologías activas para
aprender, comprender y explicar, es decir: analizar
si el orden jurídico internacional garantiza una
organización que sostenga la estabilidad y
existencia de la soberanía connatural que es la
soberanía humana emanada y que reside en el
hombre porque no es política para que la seguridad
jurídica internacional se entienda como el
condicionamiento de la persona en el ejercicio de
sus soberanías connaturales de los demás.
Logrando transformar el aprendizaje en un
auténtico y eficaz resultado de la educación se
indagó la esencia con análisis científico jurídico en
busca de comprobar o refutar la hipótesis para
plantear una verdad científica o determinada
realidad.
Metodología
Constituida la investigación jurídica en
cualitativa y no experimental, supuesto que se
respetó norma y procedimientos construyendo una
fase del conocimiento jurídico para interpretar el
conjunto de normas o reglas observadas
adecuadamente en el planteamiento de los
modelos universales, usando estrategias y técnicas
que permitieron determinar la obtención
descriptiva analítica de la información obtenida.
El estudio dogmático – jurídico que se
observó y la estructura legal discutida, de las
variables independientes y dependientes que ya
ocurrieron en la realidad utilizando metodologías
activas de enseñanza con método teórico –
científico. Así también objetivismo jurídico
consagrando la indagación cualitativa racional –
inductiva de la profusa investigación bibliográfica,
Estatutos, Convenciones, comprendiendo una
reforma legislativa favorable como resultado del
estudio metódico teórico – científico con
objetivismo jurídico entre derecho internacional,
derechos nacionales y soberanía humana.
Los datos que la protección de la soberanía
humana expresan en la investigación jurídica
emana de la soberanía del hombre como derecho
connatural logrando demostrar las características
del derecho inalienable en el proceso de evolución
social, económica y cultural, y conforme los
resultados de la investigación jurídica que no es
experimental porque los hechos y variables ya
ocurrieron y se dieron en la realidad; actualmente
estos derechos están frente a nuevas amenazas
como expresión política de la soberanía humana
con falta de precisión normativa en un orden
jurídico incompleto con cumplimiento político y
no jurídico.
De otra parte, identifican la inaplicabilidad
expresa de la normatividad de la soberanía del
hombre en la legislación de los derechos humanos
vigente en la actualidad. Asimismo, establecen si
la legislación del Derecho Internacional sobre la
aplicación de la soberanía humana es cumplida por